Tablas salariales 2025 y 2026 del convenio de hostelería de Badajoz

Tablas salarialesBadajoz20/05/2026
Publicación oficial (DOE)

Tablas salariales 2025 y 2026 del convenio de hostelería de Badajoz

Qué se publica

El Diario Oficial de Extremadura número 95, del 20 de mayo de 2026, publica la resolución de 8 de mayo de 2026 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, por la que se ordena la inscripción y publicación del Acta de 24 de marzo de 2026 de la comisión negociadora del Convenio Colectivo del Sector Hostelería de la Provincia de Badajoz (código de convenio 06000295011981, publicado originalmente en el DOE n.º 17 de 27 de enero de 2025).

El acta recoge la aprobación de las tablas salariales definitivas para 2025 y las provisionales para 2026. La representación social corresponde a UGT Extremadura, CCOO Extremadura y CSIF Extremadura. La representación empresarial, a CETEX y COEBA.

Cambios principales

Revisión de las tablas 2025. En aplicación del artículo 24 del convenio, y conocida la cifra del IPC final de 2025 en el Estado español (2,9%, según datos del INE), las retribuciones de 2025 se actualizan hasta alcanzar el IPC real con el tope máximo del 3,25% previsto en el propio convenio. Las tablas definitivas de 2025 se elevan a definitivas con esta actualización.

Tablas provisionales 2026. Sobre los salarios definitivos de 2025 se aplica el incremento inicial del 2,35% pactado en el artículo 24. Si el IPC real de 2026 supera el 2,35%, las tablas se actualizarán con efectos 1 de enero de 2026 hasta alcanzar dicho IPC, con un tope máximo del 3,25%.

Tabla salarial (muestra, salario mes):

Grupo / Puesto2024Definitivo 2025Provisional 2026
Grupo Primero (Jefe Recepción, Jefe Cocina, Jefe Restaurante, Gobernanta, Jefe Servicio Catering)1.048,56 €1.078,97 €1.104,32 €
Grupo Tercero (Auxiliares y asistentes de cocina, sala, pisos, mantenimiento)969,48 €997,59 €1.021,04 €

Pluses y otros conceptos (definitivo 2025 / provisional 2026):

Concepto20252026
Plus ferias (art. 15)12,53 €12,83 €
Plus fiesta patronal (art. 17)12,53 €12,83 €
Seguro de vida (art. 22)20.854,05 €21.344,12 €
Salario en especie (art. 28)36,14 €36,99 €
Horas nocturnas (art. 29)2,50 €/h2,56 €/h
Plus transporte anual (art. 32)975,13 €998,05 €
Plus transporte mes (11 meses)88,65 €90,73 €
Ropa de trabajo (art. 33)19,71 €20,17 €
Nacimiento (art. 34)100,92 €103,30 €

Plazo de abono de atrasos. Conforme al propio artículo 24 del convenio, los atrasos derivados de la actualización se abonarán a las personas trabajadoras dentro de los tres meses siguientes a la publicación en el DOE.

Nueva disposición adicional tercera. Las empresas vendrán obligadas a complementar el salario hasta alcanzar el Salario Mínimo Interprofesional fijado para cada año de vigencia del convenio en términos anuales, conforme a las reglas de la legislación aplicable.

Implicaciones operativas

Todas las empresas del sector de hostelería de la provincia de Badajoz incluidas en el ámbito funcional del convenio deben aplicar las tablas definitivas de 2025 y las provisionales de 2026 con efectos económicos retroactivos a 1 de enero de cada ejercicio. La regularización de atrasos del año 2025 y de enero a mayo de 2026 debe completarse en los tres meses siguientes a la publicación en el DOE (esto es, antes del 20 de agosto de 2026).

Si el IPC final de 2026 supera el 2,35% inicial, será necesaria una segunda revisión de las tablas 2026 hasta el tope del 3,25%, generando un nuevo ciclo de atrasos en 2027. La nueva disposición adicional tercera obliga a las empresas a realizar el cálculo de equivalencia con el SMI anual en cada nómina, completando hasta dicha cuantía cuando proceda.

Fuente

Resolución de 8 de mayo de 2026 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura. Publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 95, de 20 de mayo de 2026, páginas 21784 a 21789 (código del acto 2026061210).

Convenio: Convenio Colectivo del Sector Hostelería de la Provincia de Badajoz
Código REGCON: 06000295011981
Ámbito: Badajoz
Fecha de efectos: 01/01/2025
Fuente oficial: Ver en DOE

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