Talleres discapacidad intelectual Cataluña 2025: subida 4,5%

Revisión salarialCataluña09/02/2026

Talleres para personas con discapacidad intelectual de Cataluña: revisión salarial 2025

El Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC núm. 9600, de 9 de febrero de 2026) publica la Resolución EMT/238/2026, de 23 de enero, que inscribe el Acuerdo parcial del convenio colectivo del sector de talleres para personas con discapacidad intelectual de Cataluña (código de convenio 79000805011995). El acuerdo fija el incremento de las tablas salariales de 2025.

Qué se publica

Se trata de un acuerdo parcial suscrito por la Comisión Negociadora el 18 de diciembre de 2025 y subsanado el 20 de enero de 2026, de ámbito autonómico catalán. Regula exclusivamente la actualización de las tablas salariales del año 2025 para las dos modalidades de servicio que contempla el convenio: los Servicios de Terapia Ocupacional y de Orientación e Inserción (STO/SOI) y los Centros Especiales de Trabajo (CET). El texto no aborda otras materias del convenio; las partes manifiestan su voluntad de proseguir la negociación sobre la adaptación de las categorías profesionales durante el primer trimestre de 2026.

Cambios principales

El acuerdo establece dos incrementos diferenciados sobre el salario base y todos los conceptos de las tablas salariales de 2025, ambos con efectos retroactivos a 1 de enero de 2025:

ModalidadIncremento sobre tablas 2025Efectos
STO/SOI4,5%1 de enero de 2025
CET3,5%1 de enero de 2025

Las tablas resultantes para el Grupo 1 (Centros Especiales de Trabajo — EMS/USAP) quedan como sigue en salario base mensual, con un valor de trienio común por nivel:

NivelCategoríaSalario baseTrienio
0Director2.252,84 €35,19 €
1Jefe de Producción2.048,65 €35,19 €
2Jefe de Taller / Personal / Administración / Técnico Grado Superior1.952,30 €35,19 €
3Jefe de Sección / Asistente Social / Técnico Grado Medio1.858,71 €35,19 €
4Encargado/a1.770,52 €35,19 €
5Maestro de Taller / Monitor Ocupacional / Chófer de 1ª1.686,44 €35,19 €
6Oficial 1ª / Chófer de 2ª / Cocinero/a1.606,34 €35,19 €
7Oficial 2ª / Oficial de Servicios Grales. / Responsable de Comedor1.420,02 €35,19 €
8Especialista 1ª / Auxiliar1.297,89 €35,19 €
9Especialista 2ª Extinción1.235,79 €35,19 €
10Especialista 3ª Extinción1.173,69 €35,19 €
11Peón/a1.092,96 €15,53 € (1º-4º) / 6,21 € (5º-7º)

El acuerdo recoge el Salario Mínimo Interprofesional vigente de 1.184 € mensuales por 14 pagas y aclara que, en los niveles 10 y 11, si la suma del salario bruto, trienios y complementos personales no alcanza el SMI, deberá completarse hasta esa cifra cuando la persona trabajadora haga jornada completa y no tenga contrato de bajo rendimiento. El salario mínimo en cómputo anual no podrá ser inferior a 16.576 €.

Respecto a la regularización, el salario se actualizará en la nómina de enero de 2026, salvo que las tablas no se hubieran publicado en el DOGC antes del 20 de enero de 2026, en cuyo caso la actualización se hará en la nómina del mes siguiente a la publicación. Los atrasos se abonarán en la nómina de enero de 2026 siempre que las entidades hubieran recibido el abono del incremento de tarifas de 2025 antes de finalizar dicho año; en caso contrario, como máximo en la nómina de febrero de 2026.

Implicaciones operativas

Las asesorías con clientes en este sector deben aplicar los nuevos importes con efecto retroactivo a 1 de enero de 2025 y calcular los atrasos de todo el ejercicio 2025 conforme al calendario de abono indicado. Conviene revisar las nóminas de enero o febrero de 2026 para incorporar la regularización y verificar que ninguna retribución de los niveles inferiores quede por debajo del SMI y del mínimo anual de 16.576 €. Cualquier finiquito o cálculo de indemnización sobre bases de 2025 debe partir de las tablas actualizadas.

Fuente

Resolución EMT/238/2026, de 23 de enero, del Departamento de Empresa y Trabajo, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya núm. 9600, de 9 de febrero de 2026 (texto oficial). Código de convenio 79000805011995.

Convenio: Talleres para Personas con Discapacidad Intelectual de Cataluña
Código REGCON: 79000805011995
Ámbito: Cataluña
Fecha de efectos: 01/01/2025
Fuente oficial: Ver en DOGC

¿Es asesoría laboral?

Cartas Laborales aplica el convenio colectivo de cada empresa al generar cartas de sanción, audiencia previa y despido. Prueba gratis.

Ver planes →