Transporte de mercancías Córdoba 2026-2027: nuevo convenio con +3,5%
Nuevo convenio del transporte de mercancías por carretera de Córdoba para 2026-2027
El Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba de 6 de febrero de 2026 publica el nuevo convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de la provincia, suscrito por la comisión negociadora el 9 de enero de 2026. El texto fija una subida del 3,5% en 2026 y otro 3,5% en 2027 sobre todos los conceptos económicos.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo provincial nuevo (código de convenio 14000385011981) que afecta a las empresas y personas trabajadoras del transporte de mercancías por carretera, agencias de transportes, despachos centrales y auxiliares, almacenistas distribuidores y operadores logísticos de la provincia de Córdoba. Entró en vigor el 1 de enero de 2026 y tiene una vigencia de dos años, hasta el 31 de diciembre de 2027, con prórroga tácita anual salvo denuncia con al menos tres meses de antelación. La jornada ordinaria se mantiene en cuarenta horas semanales de trabajo efectivo y las vacaciones no serán inferiores a treinta y un días naturales.
Cambios principales
El artículo 30 establece un incremento del 3,5% en 2026 y del 3,5% en 2027 sobre todos los conceptos económicos, ya reflejados en las tablas salariales anexas. A continuación se recogen los salarios base de referencia por grupo profesional:
| Categoría (Grupo I - Superior y Técnico) | 2026 (€/mes) | 2027 (€/mes) |
|---|---|---|
| Director de Área o Departamento | 1.389,58 | 1.438,22 |
| Director o Delegado de Sucursal | 1.389,58 | 1.438,22 |
| Jefe de Servicio | 1.389,58 | 1.438,22 |
| Titulado de Grado Superior | 1.331,73 | 1.378,35 |
| Titulado de Grado Medio | 1.331,73 | 1.378,35 |
| Jefe de Tráfico de Primera | 1.113,84 | 1.152,82 |
| Jefe de Tráfico de Segunda | 1.100,30 | 1.138,81 |
| Categoría (Grupo II - Administración) | 2026 (€/mes) | 2027 (€/mes) |
|---|---|---|
| Oficial de 1ª | 1.094,97 | 1.133,29 |
| Oficial de 2ª | 1.045,41 | 1.082,00 |
| Auxiliar | 1.020,93 | 1.056,67 |
| Telefonista | 987,22 | 1.021,78 |
| Categoría (Grupo III - Movimiento) | 2026 (€/día) | 2027 (€/día) |
|---|---|---|
| Conductor Mecánico | 36,19 | 37,46 |
| Conductor | 35,42 | 36,66 |
| Mozo especializado / Carretillero / Camarista de frío | 35,13 | 36,36 |
| Conductor-Repartidor de vehículos ligeros | 34,35 | 35,55 |
| Capataz | 35,02 | 36,25 |
| Ayudante y/o Mozo Especializado | 34,35 | 35,55 |
| Mozo Ordinario | 33,92 | 35,10 |
Entre los complementos y conceptos extrasalariales, la tabla anexa fija para 2026 y 2027 respectivamente: bolsa de vacaciones 237,03 € / 245,32 €; plus de convenio 45,34 € / 46,93 €; plus de transporte 5,70 € / 5,90 € por día de asistencia; hora extraordinaria 12,02 € / 12,44 €; nocturnidad 1,09 € / 1,12 € por hora; ayuda para estudios 103,37 € / 106,98 €; y el seguro de muerte e invalidez con una indemnización de 44.500,18 € / 46.057,68 €.
En materia de antigüedad, el artículo 31 sustituye el antiguo complemento por un premio de vinculación: 44,94 €/mes por cada cinco años de servicio con un tope de 129,63 €/mes en 2026, y 46,51 €/mes por quinquenio con tope de 134,82 €/mes en 2027. La dieta internacional se fija en 74,02 € sin pernoctación en 2026 y 76,61 € en 2027; la pernoctación fuera de cabina se abona hasta 46,14 € por noche en 2026 y 47,75 € en 2027. Se mantiene el plus de peligrosidad del 15% del salario base para el transporte de mercancías peligrosas y el plus de frío del 20% del salario base para trabajo en cámaras frigoríficas.
Implicaciones operativas
Las asesorías con clientes del sector del transporte de mercancías en Córdoba deben actualizar las nóminas conforme a las nuevas tablas con efectos desde el 1 de enero de 2026, aplicando el incremento del 3,5% a salario base y complementos. Conviene revisar el cálculo de atrasos derivados de la aplicación retroactiva, el nuevo premio de vinculación en sustitución de la antigüedad y los importes actualizados de dietas, horas extraordinarias y demás pluses en los finiquitos y liquidaciones que se emitan.
Fuente
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, nº 25, de 6 de febrero de 2026 (BOP-A-2026-260), Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Delegación Territorial en Córdoba. Texto íntegro disponible en el documento oficial. Código de convenio: 14000385011981.
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