Transporte mercancías Málaga 2026: tablas salariales +3%

Tablas salarialesMalaga02/03/2026

Transporte de mercancías de Málaga 2026: tablas salariales con subida del 3%

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga publica las tablas salariales provisionales para 2026 del sector del transporte de mercancías por carretera y actividades logísticas de la provincia. El acuerdo de la comisión negociadora aplica la subida del 3% pactada en el artículo 29 del convenio sobre las tablas definitivas de 2025.

Qué se publica

Se trata de la inscripción y publicación de las tablas salariales provisionales de 2026, acordadas por la comisión negociadora el 23 de enero de 2026 y resueltas por la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Málaga. El ámbito es provincial y comprende el transporte de mercancías por carretera, agencias de transportes, despachos centrales y auxiliares, almacenistas, distribuidores y operadores logísticos de la provincia de Málaga. La vigencia de las tablas corresponde al ejercicio 2026 (1 de enero a 31 de diciembre). El texto las califica expresamente como provisionales, a la espera de las definitivas.

Cambios principales

La subida es del 3% sobre las tablas definitivas de 2025, conforme al artículo 29 del convenio. A continuación se recogen las retribuciones de 2026 por grupo y categoría. Las categorías con salario base diario figuran en esa columna; el resto, con salario base mensual.

Grupo I — Personal superior y técnicos

CategoríaSalario base mensual (€)Salario anual (€)
Director de área o departamento1.929,6031.857,32
Director o delegado de sucursal1.849,6030.657,33
Jefe de servicios1.769,6029.457,34
Titulado de grado superior1.625,5127.295,88
Titulado de grado medio1.334,0722.924,47
Jefe de sección1.388,6823.743,45
Jefe de negociado1.325,8222.800,57
Jefe de tráfico 1.ª1.305,7122.499,01
Jefe de tráfico 2.ª1.242,2321.546,63
Encargado general1.305,6722.498,25
Inspector visitador de empresas de mudanzas1.242,2321.546,63
Jefe de taller1.459,6224.807,57

Grupo II — Personal administrativo

CategoríaSalario base mensual (€)Salario anual (€)
Oficial de primera1.275,0722.039,35
Oficial de segunda1.180,5520.621,61
Auxiliar(37,08 €/día base)19.784,33
Telefonista1.106,2419.506,96

Grupo III — Personal de movimiento

CategoríaSalario base diario (€)Salario anual (€)
Encargado de almacén(1.192,76 €/mes)20.804,80
Jefe de equipo40,6721.421,29
Encargado de garaje, campas y otras dependencias(1.459,62 €/mes)24.807,57
Conductor mecánico40,6821.427,05
Conductor39,3220.804,54
Conductor repartidor de vehículos ligeros38,2220.303,08
Capitonista37,3919.922,65
Mozo especializado carretillero37,9420.177,88
Ayudante o mozo especializado37,3319.899,60
Auxiliar almacenero basculero(1.105,34 €/mes)19.493,28
Mozo35,9919.288,63

Grupo IV — Personal de servicios auxiliares y oficios

CategoríaBase (€)Salario anual (€)
Ordenanza1.097,04 €/mes19.368,81
Guarda1.077,71 €/mes19.079,04
Personal de mantenimiento y limpieza1.077,71 €/mes19.079,04
Jefe de equipo de taller40,67 €/día21.421,07
Oficial de 1.ª de oficios39,79 €/día21.017,80
Oficial de 2.ª de oficios (carpintero)38,94 €/día20.631,62
Oficial de 3.ª (a extinguir)37,79 €/día20.107,11
Mozo especializado de taller37,11 €/día19.795,85
Peón35,99 €/día19.288,63

Se mantienen como conceptos comunes el plus de asistencia (5,65 €), el plus de transporte (124,61 €) y el complemento por horas extraordinarias ("solo extras" 180,62 €). Entre las otras retribuciones figuran la paga de septiembre (964,61 €), la ayuda escolar (172,94 €; 259,41 € para tres o más hijos), el plus de frío (144,12 €), el plus de auxilio en carretera (10,79 €/día) y el plus de grúa autocargante (57,01 €). Las dietas del artículo 39 quedan en 40,38 € (provincial) y 47,95 € (nacional), con dieta internacional completa de 79,75 €. Los seguros complementarios cubren 34.203,58 € por incapacidad permanente total y 44.337,97 € por incapacidad permanente absoluta, gran invalidez o muerte.

Implicaciones operativas

Procede actualizar las nóminas del personal afectado conforme a las nuevas tablas con efectos desde el 1 de enero de 2026, lo que puede exigir el abono de atrasos correspondientes a las mensualidades ya devengadas en el ejercicio. Debe revisarse asimismo el cálculo de finiquitos e indemnizaciones de las extinciones tramitadas en 2026, así como los conceptos de dietas, pluses y seguros complementarios. Al tratarse de tablas provisionales, conviene reservar la posible regularización cuando se publiquen las definitivas.

Fuente

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, número 41, de 2 de marzo de 2026 (páginas 5 a 7). Resolución de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía en Málaga, sobre inscripción y publicación de las tablas salariales del sector. Texto disponible en la fuente oficial. Código de convenio colectivo (REGCON): 29001405011982.

Convenio: Transporte de Mercancías por Carretera, Agencias de Transportes, Despachos Centrales y Auxiliares, Almacenistas, Distribuidores y Operadores Logísticos de Málaga
Código REGCON: 29001405011982
Ámbito: Malaga
Fecha de efectos: 01/01/2026
Fuente oficial: Ver en BOP

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