Transporte viajeros Soria 2022-2027: nuevo convenio, subida 4,5%
Nuevo convenio del transporte de viajeros por carretera de Soria (2022-2027)
El Boletín Oficial de la Provincia de Soria publica el texto del nuevo convenio colectivo del sector de transporte de personas viajeras por carretera mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas, incluido el personal de conducción, de la provincia de Soria. El convenio, suscrito el 17 de diciembre de 2025, fija una vigencia de seis años (1 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2027) y establece las tablas salariales de todo el período.
Qué se publica
Se trata de un convenio colectivo sectorial de ámbito provincial, aplicable a las empresas de transporte de viajeros por carretera con centros de trabajo en la provincia de Soria. Lo firman, por la parte empresarial, FOES, ASOBUS y ASOTRABUS, y por la parte social, FSC-CCOO y FeSMC-UGT. La Resolución de registro y publicación es de 7 de enero de 2026, de la Oficina Territorial de Trabajo de Soria (Junta de Castilla y León). El convenio queda denunciado automáticamente al término de su vigencia, con prórroga hasta la entrada en vigor del texto que lo sustituya.
Cambios principales
Los incrementos salariales pactados son del 4% para 2025 (efectos de enero de 2025), 4,5% para 2026 (efectos de enero de 2026) y 4,5% para 2027 (efectos de enero de 2027). Se incorpora además una cláusula de garantía IPC: si el IPC de 2027 supera el 4,5%, se aplicará una subida adicional del 0,25% con efectos de enero de 2028.
Tablas salariales del período de vigencia (salario anual y mensual por grupo profesional):
| Grupo | 2025 anual | 2025 mensual | 2026 anual | 2026 mensual | 2027 anual | 2027 mensual |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Grupo I | 25.893,94 € | 1.849,58 € | 27.059,17 € | 1.932,81 € | 28.276,83 € | 2.019,79 € |
| Grupo II | 23.920,92 € | 1.708,64 € | 24.997,36 € | 1.785,53 € | 26.122,24 € | 1.865,88 € |
| Grupo III | 19.996,61 € | 1.428,32 € | 20.896,46 € | 1.492,59 € | 21.836,80 € | 1.559,76 € |
| Grupo IV | 17.311,55 € | 1.236,54 € | 18.090,57 € | 1.292,18 € | 18.904,65 € | 1.350,33 € |
Otros contenidos económicos relevantes: dos pagas extraordinarias equivalentes a 30 días de salario base cada una; jornada máxima anual de 1.792 horas; 31 días naturales de vacaciones retribuidas al año; plus especial de 60 € por prestar servicio el 1 de enero o el 25 de diciembre y de 50 € para el resto de los 12 festivos (efectos desde el 1 de junio de 2025); horas extraordinarias no compensadas con descanso abonadas con un incremento del 50%; y dietas de 14 € (comida y cena en servicio regular) y 20 € (comida y cena en servicio discrecional), con pernoctación según factura, también con efectos desde el 1 de junio de 2025.
En incapacidad temporal por enfermedad profesional o accidente de trabajo, las empresas abonan el 100% del salario real. Desde el 1 de enero de 2022 ese complemento operaba a partir del día 30; desde el 1 de enero de 2026 se adelanta al día 12 siguiente al hecho causante, con duración máxima hasta el mes 11.
Implicaciones operativas
Procede actualizar las nóminas del personal de estas empresas a las tablas de 2026 con efectos de enero de 2026, revisar los atrasos derivados de la aplicación retroactiva de las subidas de 2025 y ajustar el cálculo de finiquitos, pagas extraordinarias y complementos de incapacidad temporal conforme al nuevo texto. El convenio incorpora también un régimen disciplinario propio (arts. 36 a 40) y un acuerdo marco regional de subrogación (Anexo II) a tener en cuenta en los cambios de contrata.
Fuente
Resolución de 7 de enero de 2026, de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, por la que se dispone el registro y publicación del texto del convenio colectivo del sector de transporte de personas viajeras por carretera de la provincia de Soria. Boletín Oficial de la Provincia de Soria núm. 6, de 14 de enero de 2026. Texto disponible en la fuente oficial. Código REGCON: 42100135012019.
42100135012019¿Es asesoría laboral?
Cartas Laborales aplica el convenio colectivo de cada empresa al generar cartas de sanción, audiencia previa y despido. Prueba gratis.
Ver planes →